Immanuel Kant - Crítica de la razón práctica
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- Libro:Crítica de la razón práctica
- Autor:
- Editor:ePubLibre
- Genre:
- Año:1788
- Índice:4 / 5
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Crítica de la razón práctica: resumen, descripción y anotación
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de la razón pura práctica
Entiendo por aclaración crítica de una ciencia, o de una parte de la misma que constituye un sistema por sí, la investigación y justificación de por qué ella haya de tener esta y no otra forma sistemática, cuando se la compare con otro sistema que tenga a su base una facultad de conocer semejante. Ahora bien, la razón práctica tiene a su base la misma facultad de conocer que la especulativa, en cuanto ambas son razón pura. Así pues, la diferencia de la forma sistemática de la una y de la otra tendrá que ser determinada por comparación de ambas, y habrá que dar el fundamento de ello.
La analítica de la razón pura teórica se ocupa del conocimiento de los objetos que puedan ser dados al entendimiento, y tenía, por tanto, que empezar por la intuición, y por consiguiente (ya que ésta es siempre sensible), por la sensibilidad sólo después avanzar a los conceptos (de los objetos de esta intuición), y sólo después de esta doble preparación podía terminar con principios. En cambio, como la razón práctica no se ocupa de objetos, para conocerlos, sino de su propia facultad, para hacerlos reales (según el conocimiento de los mismos), es decir, que se ocupa de una voluntad que es una causalidad, en cuanto la razón contiene el fundamento de determinación de la misma; como por consiguiente no tiene que indicar objeto alguno de la intuición, sino (porque el concepto de la causalidad contiene siempre la referencia a una ley) que determina la existencia de lo múltiple en relación uno con otro, como razón práctica sólo una ley de la razón, resulta que una crítica de la analítica de la razón, en cuanto ésta debe ser una razón práctica (que es el problema propio), tiene que comenzar por la posibilidad de principios prácticos a priori. Sólo desde aquí pudo pasar a conceptos de los objetos de una razón práctica, a saber, a los de lo absolutamente bueno y malo, para darlos, ante todo, según aquellos principios (pues antes de aquellos principios no es posible darlos como bueno y malo mediante ninguna facultad de conocer) y sólo luego podía terminar esa parte el último capítulo, a saber, el de la relación de la razón pura práctica con la sensibilidad, y de su influjo necesario, cognoscible a priori, sobre la misma, es decir, del sentimiento moral. Así pues, la analítica de la razón pura práctica dividió de un modo enteramente análogo a la teórica, la total esfera de todas las condiciones de su uso, pero en orden inverso. La analítica de la razón pura teórica se quedó dividida en estética trascendental y lógica trascendental; la de la práctica, a la inversa, en lógica y estética de la razón pura práctica (si me es permitido usar aquí estas denominaciones inadecuadas, sólo por analogía); la lógica, a su vez, fue dividida allí en la analítica de los conceptos y la de los principios aquí, en la de los principios y la de los conceptos. La estética tenía aún allí dos partes, a causa del doble modo de una intuición sensible; aquí no es la sensibilidad considerada como capacidad de intuición, sino sólo como sentimiento (que puede ser un fundamento subjetivo del apetito), y con respecto a ello, no permite la razón pura práctica ninguna división más.
El que esta división en dos partes, con sus subdivisiones, no se haya llevado realmente a cabo aquí (como al principio por el ejemplo de la primera podía ser uno inducido a intentar), tiene un fundamento que se comprende muy bien. Pues como es razón pura la que aquí es considerada en su uso práctico, por consiguiente, partiendo de principios a priori y no de fundamentos de determinación empíricos, resulta que tendrá que ocurrir la división de la analítica de la razón pura práctica, de modo semejante al de un silogismo (Vernunftschlus), es decir, pasando de lo general en la mayor (principio moral) por medio de una subsunción de acciones posibles (como buenas y malas) emprendida en la menor, a la conclusión, a saber, la determinación subjetiva de la voluntad (interés en el bien práctico posible y la máxima en él fundada). A quien haya podido convencerse de las proposiciones que se presentan en la analítica, proporcionarán placer semejantes comparaciones; pues ellas ocasionan con razón la esperanza de poder algún día llegar a penetrar en la unidad de toda la facultad pura de conocer (tanto teórica como práctica) y derivarlo todo de un principio; lo cual es la inevitable necesidad de la razón humana, que no encuentra plena satisfacción más que en una unidad completamente sistemática de sus conocimientos.
Ahora bien, si consideramos también el contenido del conocimiento que podemos tener de una razón pura práctica y mediante ella, tal como lo presenta la analítica de la misma, encuéntranse con una notable analogía entre ella y la teórica, diferencias no menos notables. En consideración de la teórica, pudo la facultad de un conocimiento puro de la razón ser demostrada a priori con evidencia y facilidad por medio de ejemplos sacados de las ciencias (en las cuales no es de temer que se mezclen secretamente fundamentos empíricos de conocimiento, tan fácilmente como en el conocimiento vulgar, ya que las ciencias ponen a prueba sus principios de diversas maneras, mediante el uso metódico). Pero que la razón pura, sin mezcla alguna de fundamento empírico de determinación, sea por sí sola también práctica, esto hubo que poderlo exponer por el uso práctico más vulgar de la razón, atestiguando el supremo principio práctico como un principio tal que toda razón humana natural lo conoce completamente a priori, independiente de todo dato sensible, como la ley suprema de su voluntad. Hubo que probarlo y justificarlo primero, en cuanto a la fuerza de su origen, aún en el juicio de esa razón vulgar, antes de que la ciencia pudiera tomarlo en sus manos para hacer uso de él como de un hecho, por decirlo así, que antecede a todo sutilizar sobre su posibilidad y a todas las consecuencias que pudieran sacarse de ahí. Pero esta circunstancia se deja muy bien explicar por lo que se ha dicho un poco más arriba, pues que la razón pura práctica tiene que empezar necesariamente por principios, que tienen que ser por tanto puestos a la base de toda ciencia, como primeros datos, y no pueden originarse primeramente de ella. Esta justificación de los principios morales, como principios de una razón pura, podía empero también ser conducida muy bien y con suficiente seguridad por la mera apelación al juicio del entendimiento humano común, porque todo lo empírico, que como fundamento de determinación de la voluntad pudiera introducirse en nuestras máximas, se da a conocer en seguida por medio del sentimiento de placer o de dolor, que va necesariamente unido a ello, en cuanto que excita apetitos, y aquella razón pura práctica, empero, se opone precisamente a admitir ese sentimiento en su principio como condición.
La heterogeneidad de los fundamentos de determinación (empírico y racional) la da a conocer esa resistencia de una razón, prácticamente legisladora, contra toda inclinación que se entremezcle, por medio de un peculiar modo de sensación, la cual empero no precede a la legislación de la razón práctica, sino más bien es efectuada sólo por esta misma, y a la verdad como una coacción que es el sentimiento de un respeto, que ningún hombre tiene hacia las inclinaciones, sean de la clase que quieran, pero sí hacia la ley; y la da a conocer de un modo tan claro y saliente que no hay nadie, ni aun el entendimiento humano más común, que no deba convencerse al momento, en un ejemplo propuesto, de que, con fundamentos empíricos del querer, se le puede ciertamente aconsejar que siga sus seducciones, pero nunca se le puede exigir que obedezca a otra cosa que sólo a la ley pura práctica de la razón.
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