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Turell - Lingüísitica forense, lengua y derecho : conceptos. métodos y aplicaciones

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Turell Lingüísitica forense, lengua y derecho : conceptos. métodos y aplicaciones
  • Libro:
    Lingüísitica forense, lengua y derecho : conceptos. métodos y aplicaciones
  • Autor:
  • Editor:
    Documenta Universitaria
  • Genre:
  • Año:
    2010
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Lingüísitica forense, lengua y derecho : conceptos. métodos y aplicaciones: resumen, descripción y anotación

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La aportación de la lingüística al estudio de la intencionalidad criminal

Roger W. Shuy

1. Introducción

A finales de octubre de 2002, el área metropolitana del D.C . de Washington estaba siendo aterrorizada por un grupo de delincuentes conocidos como los Beltway Snipers, Pero… ¿estábamos los expertos del FBI y yo mismo leyendo en realidad la mente de alguien? Por supuesto que no. Ninguna ciencia se atrevería a hacer tal afirmación. Todo lo que podíamos hacer era explicar las claves lingüísticas y de comportamiento que aparecían en las notas.

Lo que hace la prueba lingüística es aportar claves. Nadie afirmaría que unos trozos de cerámica hallados por arqueólogos proporcionan toda la información necesaria para describir una cultura antigua; sin embargo, sí es cierto que son un indicio importante. Del mismo modo, el análisis lingüístico del habla aporta claves sobre aspectos tales como la edad, el género, la etnicidad, la raza, el dialecto, el grado de educación, la creencia religiosa, la ideología política y la profesión del escritor o hablante. Estos indicios no permiten determinar el origen del mensaje, pero sí pueden acotar la lista de sospechosos para continuar con la línea de investigación. Ésta es una aportación realmente valiosa, pero en ningún caso significa que los lingüistas puedan leer la mente de un sospechoso.

Veamos lo que sucede en casos criminales donde se dispone de pruebas magnetofónicas. Uno de los factores en que se hace hincapié con más frecuencia en una investigación criminal es la intencionalidad del encausado. Este hecho es especialmente importante en casos que he denominado delitos lingüísticos (Shuy, 1993). Estos delitos se cometen diciendo o escribiendo ilegalidades, ya sea contratando a un sicario para que mate a alguien, ofreciendo o aceptando un soborno, aceptando traficar o vender drogas o bienes robados, o invirtiendo en títulos ilegales. En los delitos lingüísticos raras veces se causa daño físico a las personas; no se golpea a nadie en la cabeza, ni se roba. Todo se hace con el lenguaje.

Evidentemente, la intencionalidad y la materialidad del acto no son lo mismo. Podemos actuar con o sin intención. El caso criminal más obvio surge de la acción de cometer un acto criminal. El ejemplo de Searle (1983) acerca de levantar el brazo es muy ilustrativo. La acción se compone de dos elementos: la intención de levantar el brazo y el consiguiente movimiento del brazo. Si no hay intención de mover el brazo, pero hay movimiento igualmente, se trata de una acción no intencionada. Si no hay movimiento del brazo, puede que la intención de levantarlo haya fracasado o que no exista. La dificultad que entrañan los delitos lingüísticos es descubrir la intencionalidad, se haya materializado el acto o no.

De esta ley derivaron muchas otras normas específicas relacionadas con el blanqueo de dinero (18 USC 1956A3) que, una vez más, intentaban abordar el tema de la intencionalidad:

(3) Whoever with the INTENT

(A) TO PROMOTE the carrying on of specified unlawful activity;

(B) TO CONCEAL OR DISGUISE the nature, location, source, ownership or control of property believed to be the proceeds of specified unlawful activity; or

(C) TO AVOID a transaction reporting requirements under State or Federal law, CONDUCTS OR ATTEMPTS TO CONDUCT a financial transaction involving property REPRESENTED by a law enforcement officer to be the proceeds of specified unlawful activity, or property used to conduct or facilitate specified unlawful activity …

Esta ley parece lo suficientemente clara, excepto en lo que respecta a cómo puede demostrarse la intencionalidad de la acción. A primera vista parecería lógico pensar que todo aquel que blanqueara dinero tendría ante todo la intención de hacerlo. Sin embargo, la cuestión no es tan simple. Retomemos el ejemplo de Searle acerca de levantar el brazo: es posible que el brazo se levantara de forma no intencionada y, por ende, puede que alguien acabe blanqueando dinero sin tener la intención de hacerlo. Según la ley anteriormente citada, esta persona no podría ser declarada culpable. También parecería lógico pensar que una persona a pesar de tener la intención de blanquear dinero, no llegue a materializar la acción; en este sentido, esta persona podría ser declarada culpable. Las fuerzas del orden público tendrían que demostrar, sin embargo, que la persona en cuestión tenía la intención de blanquear dinero, incluso en el caso de que la citada acción no llegara a materializarse.

Obviamente, es mucho más sencillo demostrar un delito de blanqueo de dinero cometido que la intención de una persona de cometerlo. La acción de blanquear dinero es física y puede probarse por medio de asientos contables, cintas de vídeo de la operación o incluso a través del testimonio de un testigo presencial o de agentes secretos. Penetrar en la mente del encausado para averiguar sus intenciones resulta, sin embargo, mucho más complicado.

Aunque en la vida cotidiana tenemos derecho a inferir las intenciones de los demás, en el ámbito jurídico los criterios deben estar mucho más pautados, simplemente porque la posibilidad de hacer las inferencias incorrectas es muy elevada y hay mucho en juego. Por tanto, ¿cómo es posible determinar la intencionalidad? Una forma es preguntando al encausado si tenía o no la intención de blanquear dinero. Esta vía raramente nos llevará a la verdad, ya que el encausado hallará un sinfín de razones para negarlo y ninguna para no tratar de proteger sus intereses. Otra, es preguntando a un testigo presencial o a un agente secreto si cree que el encausado intentaba blanquear dinero. Esta vía tampoco nos llevará hasta la verdad, puesto que es obvio que a este último le interesa pensar que ha inferido bien las intenciones del encausado. La tercera posibilidad consiste en analizar cuidadosamente el mensaje para ver qué indicios ofrece acerca de la intencionalidad.

Por lo menos en los EE. UU ., los delitos lingüísticos se registran preferiblemente en cintas, ya sean en formato audio o vídeo. Desde comienzos de los años setenta, las fuerzas del orden público han desarrollado la posibilidad de realizar escuchas telefónicas o grabaciones pactadas de los hechos que posteriormente se usan como prueba. El éxito de este método ha sido constatado recientemente por una comisión nacional constituida a efectos de valorarlo. La comisión escuchó el testimonio de miembros de las fuerzas del orden público, fiscales, abogados de la defensa y jueces de todos los rangos. Todos estuvieron de acuerdo en que las conversaciones grabadas desde que se promulgara la ley creaban una fuerte impresión, cuando menos imborrable, en los miembros del jurado. Estos agentes jurídicos afirmaron que las grabaciones magnetofónicas constituyen una de las pruebas existentes más fiables, además de la prueba más convincente que la acusación puede aportar. Su utilización ha supuesto que se falseen menos las acusaciones y defensas, se luche más por la credibilidad y se promueva la deliberación entre los miembros del jurado.

2. La intervención del lingüista

La lingüística trata el mensaje más directamente que el emisor y el receptor. ¿Qué indica el lenguaje usado en un mensaje? ¿Qué claves aporta acerca de la intencionalidad de los hablantes? Aquí no hay ni magia ni inferencias: el lingüista no puede meterse en la mente del hablante o escritor pero, al igual que el arqueólogo, sí puede analizar el lenguaje equivalente a los recipientes y cascos arqueológicos y compartir su análisis con los miembros del jurado a efectos de que lo tengan en cuenta a la hora de dictar un veredicto de culpabilidad o inocencia. Los que no tienen formación específica en arqueología no pueden ver lo que el especialista ve. Del mismo modo que un médico especialista observa una radiografía y detecta cosas que el paciente no puede ver, el lingüista examina el lenguaje y ve cosas que no son tan obvias para un miembro del jurado, un abogado o un juez.

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