JUAN DE PALAFOX Y MENDOZA
DE LA NATURALEZA DEL INDIO
Obras del ilustrísimo, excelentísimo y venerable siervo de Dios
Don Juan de Palafox y Mendoza,
de los Supremos Consejos de Indias y Aragón,
Obispo de la Puebla de los Ángeles y de Osma, Arzobispo electo de Méjico,
Virrey y Capitán General de la Nueva España, etc.
Tomo X. Tratados varios. Madrid 1762, pág. 444-493.
Al Rey Nuestro Señor por Don Juan de Palafox y Mendoza,
Obispo de la Puebla de los Ángeles, del Consejo de su Majestad, etc.
[Dedicatoria a Felipe IV]
Señor:
Pocos ministros han ido a la Nueva España, ni vuelto de ella, más obligados que yo al amparo de los indios, y a solicitar su alivio; porque cuando me olvidara de las obligaciones de sacerdote, en cuya profesión es tan propio el compadecerse de los miserables y afligidos, no podía olvidarme de la de pastor y Padre de tantas almas como están a mi cargo en aquellos reinos, en la dilatada diócesis de los Ángeles, que, sin duda, cuando no en la latitud y extensión, en el número de indios llega a tener casi la cuarta parte de todo el distrito de aquella Real Audiencia de Méjico. Y claro está que no hay Padre tan duro de corazón que vea y oiga llorar, y lamentarse a sus hijos, y más siendo pobrecitos e inocentes, al cual no se le conmuevan las entrañas, y se aflija y lastime, y entre a la parte de sus penas, pues aun el cuerpo (tanto antes difunto) de Raquel, ya reducido a polvo, lloró sin consuelo, con lágrimas vivas, la muerte de sus perseguidos hijos inocentes, por inocentes, por hijos y por perseguidos.
A esto se añade la confianza que Vuestra Majestad ha sido servido hacer de mí, para que le desempeñase del ardiente deseo que ocupa siempre el Real corazón y piedad de Vuestra Majestad al consolar y amparar a estos pobrecitos. Habiéndome honrado con la plaza de fiscal de Indias más ha de veinte años, en cuyo oficio principal es ser protector de los indios, y con la de consejero del mismo Consejo, que todo se emplea en su amparo, y en uno y otro oficio se jura el favorecerlos, y después con el cargo de visitador general de aquellos Tribunales de la Nueva España, cuyas primeras instrucciones se enderezan a aliviar y consolar a aquellos desamparados y fidelísimos vasallos, y con el de virrey y gobernador, que en sus principales instrucciones se le pone ley precisa a su defensa y conservación, y el de juez de las residencias de tres virreyes y electo metropolitano de Méjico, que todos son vínculos eficacísimos para obligarme Vuestra Majestad a que cuidase de un punto tan importante, y de tanto servicio de Dios y de Vuestra Majestad, y que así al Consejo como a todos sus ministros, con decretos, cédulas y órdenes apretadas nos manda, solicita y exhorta que asistamos a este debido cuidado.
Y cuando tantas obligaciones no me pusieran en la ansía de su alivio y conservación, me ocupara todo en ella la experiencia y conocimiento práctico de las fatigas y descomodidades de estos pobres. Porque así como cada oficio de estos no bastara a conocer las tribulaciones y penas que padecen; pero todos juntos han hecho evidencia y conclusión en mí, lo que en otros no tan experimentados puede quedar en términos de duda. Porque los virreyes, por muy despiertos que sean en el cuidado de su ocupación, no pueden llegar a comprender lo que padecen los indios, pues en la superioridad de su puesto, llenos de felicidad, sin poderse acercar a los heridos y afligidos que penan, derramados y acosados por todas aquellas provincias, tarde y muy templadas llegan a sus oídos las quejas. Y como se halla acompañada aquella gran dignidad frecuentemente de los instrumentos y sujetos que se las causan, y de los que disfrutan sus utilidades a los indios, no sólo impiden el oír los gemidos y ver las lágrimas de los oprimidos y miserables, sino que los ponen en concepto de culpados, siendo verdaderamente inocentes, y sobre consumirlos con penas, se hallan también mal acreditados de culpas.
Y así, para averiguar estas verdades, es mejor oficio el de visitador general del reino. Pero, ni este solo bastara, respecto de que la humana naturaleza y malicia en todos generalmente, como se vio en la primera culpa de Adán, aun dentro del Paraíso, en andándole a los alcances luego se arma y viste de disculpas, y valiéndose, unas veces de la fuerza, otras de la calumnia y otras del poder, procura que falten los medios a la pesquisa del visitador, y unas amenazando a los testigos, y otras a las partes, y otras al juez, y otras interponiendo dilaciones, diferencias y competencias entre las jurisdicciones e informando siniestramente al Consejo, no sólo se suelen librar del suplicio y pena que merecían sus excesos, sino que turban y obscurecen las probanzas del delito, y echan todos los cuidados sobre cualquiera juez y ministro celoso que trata de reformarlos y que no quiere componerse con ellos.
Por esto es más a propósito para conocer estos daños (aunque no para castigarlos) el oficio de prelado y pastor, el cual como por su ocupación se ejercita en apacentar sus ovejas, verlas y reconocerlas, llamarlas, enseñarlas y buscarlas por los pueblos y los montes, y de quien no se recatan los interesados ni los lastimados tanto como del juez o visitador, porque siempre hablan al prelado con la confianza de padre, habiendo ya visitado tan dilatados términos de aquel reino con entrambas calidades y jurisdicciones, es cierto que aquello que de los unos oficios se ocultó a mi noticia, vine a comprender y reconocer fácilmente con los otros; con que este conocimiento y el que tengo de la piedad de Vuestra Majestad, y cuán grato servicio le haremos los ministros y prelados en darle motivos a hacer las leyes más eficaces en su ejecución, siendo en su decisión tantísimas, me ha obligado a tomar la pluma, y ofreceré a Vuestra Majestad lo más sucintamente que he podido, los motivos que están solicitando a la clemencia de Vuestra Majestad y santo celo de sus ministros, a que animen estas leyes y las vivifiquen con su misma observancia, usando de aquellos medios que más se proporcionen con la materia y el intento, pues no serán dificultosos de hallar. Porque las leyes sin observancia, señor, no son más que cuerpos muertos, arrojados en las calles y plazas, que sólo sirven de escándalo de los reinos y ciudades, y en que tropiezan los vasallos y ministros, con la transgresión, cuando habían de fructificar observadas y vivas toda su conservación, alegría y tranquilidad.
Para esto me ha parecido que era buen medio proponer a Vuestra Majestad las calidades, virtudes y propiedades de aquellos utilísimos y fidelísimas vasallos de las Indias, y describir su condición sucintamente y referir sus méritos, porque todo esto hace en ellos más justificada su causa, y en Vuestra Majestad más heroica y noble la razón de su amparo, y después de haber referido sus virtudes y alegrado con ellas el ánimo real de Vuestra Majestad, describir en otro breve tratado sus trabajos, para solicitarle y promoverle su remedio, y en tercero, con la misma precisión ofrecerle los medios y remedios que pueden aplicarse a estos daños, no poniendo aquí cosa que no haya visto yo mismo y tocado con las manos, y aun estas mismas por diversas relacionas son por mayor notorias al Consejo de Vuestra Majestad; y tampoco acumularé a este discurso erudición alguna, sino que propondré a la excelente religión y piedad de Vuestra Majestad la sencilla relación de lo que conduce al intento.
Suponiendo, señor, que hablo primero y principalmente de los indios y provincias de la Nueva España, donde yo he servido estas ocupaciones que he referido, y no de otras, si bien las del Perú son en muchas cosas muy semejantes a ellas, aunque con alguna diferencia en la condición de los naturales. Porque estas dos partes del mundo, septentrional y meridional, que componen la América, parece que las crió Dios y manifestó de un parto para la Iglesia, cuanto a la fe, y para la Corona Católica de España cuanto al dominio, como dos hermanos gemelos que nacieron de un vientre, y en un mismo tiempo y hora, y aun así en la naturaleza conservan el parecerse entre sí en innumerables cosas, como hermanos.