SINOPSIS
El fiscal Felipe Acedo Colunga tuvo un papel principal en la depuración de todos los colectivos fieles a la República durante la guerra civil y el franquismo: ideó las medidas propagandísticas y penales de la posguerra, y elaboró un plan sobre cómo debía llevarse a cabo la depuración de todos los colectivos rojos sin olvidar ninguno. Y, desde los clásicos postulados tradicionalistas, ultracatólicos y totalitarios fue inflexible con los defensores de la Constitución republicana.
A través del estudio de esta figura y de sus propias memorias se desempolvan también otros temas: la idea vigente durante el franquismo, entre los vencedores, de que la batalla contra «el enemigo» seguía siendo necesaria; la necesidad de continuar defendiendo la memoria histórica; la remanencia en la legislación española de fundamentos crueles y fascistas; las huellas del odio; y la propaganda realizada por el régimen franquista.
Francisco Espinosa
Guillermo Portilla
Ángel Viñas
C ASTIGAR A LOS ROJOS
A CEDO C OLUNGA,
EL GRAN ARQUITECTO
DE LA REPRESIÓN FRANQUISTA
Prólogo
Baltasar Garzón
Guillermo Portilla Contreras, que junto con Francisco Espinosa y Ángel Viñas es uno de los tres autores de este libro, me facilitó una pincelada perfecta sobre el fiscal Felipe Acedo Colunga. Me explicó que, además de participar, fue ideólogo de las tesis defendidas en los consejos de guerra sumarísimos de urgencia entre 1937-1939; que elaboró un plan sobre cómo debía llevarse a cabo la depuración de todos los colectivos fieles a la República sin olvidar ninguno. Y que desde los clásicos postulados tradicionalistas, ultracatólicos y totalitarios fue inflexible con los defensores de la Constitución republicana.
Tenía razón: todo esto y mucho más es lo que desgrana esta obra que describe y documenta la acción de un personaje que fue creciendo en protagonismo en el régimen franquista gracias a su capacidad de superar su propia y cruel aplicación de una norma penal de tintes fascistas que contribuyó en buena medida a dar forma, destinada a exterminar al enemigo y, por tanto, con esos criterios sistemáticos que llevan a que tengan lugar los grandes crímenes contra la humanidad. En el consejo de guerra de 1939 dio muestras de su talante inflexible solicitando la pena de muerte para Julián Besteiro, presidente de las Cortes durante la Segunda República y también del Partido Socialista Obrero Español y de la Unión General de Trabajadores. El tribunal desechó tal petición y la sustituyó por cadena perpetua, que luego se traduciría en treinta años de reclusión, a los que no sobrevivió el político. Para Ángel Viñas, el alegato del fiscal representa el repudio «de toda la tradición filosófica, política y jurídica que había pugnado por introducir a España en el siglo XX . Ni más, ni menos. Y al condenar al olvido aquella experiencia, también quiso obliterar la misma existencia física de Julián Besteiro».
Memoria del fiscal del Ejército de Ocupación. Así se denomina este documento de Acedo Colunga redactado el 15 de enero de 1939, «año triunfal», del que parte una indagación tan prolija como rigurosa. Esta Memoria viene a ser un compendio del horror penal que se aplicó con generosidad sobre aquellos que habían defendido al gobierno salido de las urnas y el orden constitucional, por parte de los vencedores del golpe de Estado que sumió a España en una dictadura de tintes fascistas. El ideólogo jurídico de tan cruenta represión fue este fiscal procedente de la rama de aviación del ejército y que entre otros cargos sería, años más tarde, gobernador civil de Barcelona de 1951 a 1960. Ya se ve qué mandatarios han decidido sobre nuestras vidas. Pero, sin duda, el franquismo contaba con los suyos y los cuidaba.
He podido acompañar a Francisco Espinosa, gracias a su relato, en su propia inmersión en el Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, abierto a la investigación a partir de 1997, y me ha llegado a través de la lectura de su capítulo el olor a humedad y abandono y el estado deplorable en que se encontraban los procedimientos. Y, en estas páginas, he sentido la emoción de su descubrimiento cuando, entre los consejos de guerra allí apilados, localizó la Memoria que, como describe Espinosa, «fue fruto de la experiencia vivida por Acedo Colunga tanto en la fase de la represión organizada desde la Auditoría en los consejos de guerra selectivos de los meses posteriores al golpe, como de los años en que estuvo al frente de la Fiscalía». Añade algo crucial: «El objetivo de la Memoria no fue otro que poner al día lo que se venía practicando desde 1936 con la idea de orientar las actuaciones judiciales militares a partir de 1939, ya que, como sabemos, para los vencedores estaba claro que, aunque la guerra hubiera terminado, la campaña seguía vigente. De hecho, solo cesó cuando tras ocho años, en 1944, las circunstancias internacionales llevaron a la dictadura a dar otra imagen y paralizar durante cierto tiempo, el poco que tardó en saberse que los aliados permitirían la existencia del fascismo español, la maquinaria judicial militar».
Narra Espinosa que se trataba de un documento de carácter interno orientado exclusivamente a las auditorías y no para salir fuera de los círculos castrenses. Pero que lo que resultaba asombroso «era que constituía una exposición detallada y diáfana de los fundamentos ideológicos de la represión».
La base era reprimir primero y luego justificar, afirma, y resalta un párrafo que indica el objetivo de la Memoria: «demostrar al mundo, en forma incontrovertible y documentada, nuestra tesis acusatoria contra los sedicentes poderes legítimos, a saber, que los órganos y las personas que el 18 de julio de 1936 detentaban el poder adolecían de tales vicios de ilegitimidad en sus títulos y en el ejercicio del mismo, que, al alzarse contra ellos el Ejército y el pueblo, no realizaron ningún acto de rebelión contra la Autoridad ni contra la Ley».
En noviembre de 1936, Acedo Colunga fue nombrado director de la Fiscalía del Ejército de Ocupación. De la investigación de Espinosa se extrae un antecedente, fruto de una denuncia del presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz que expresaba sus dudas ante algunas instrucciones llegadas de la Auditoría de Sevilla en la forma de abordar la represión. Lo señalo como ejemplo estremecedor. Refería que en cuanto a los apoderados e interventores de las «llamadas elecciones de 1936» debían ser procesados, determinándose durante el juicio oral «por la impresión que en Tribunal produjese la cara de los procesados, quiénes debían ser condenados y quiénes absueltos». Una fórmula de aplicar la ley fuera de todo derecho, como se ve. Como igualmente indicaba, «todos los Milicianos rojos también, como regla general, debían ser procesados y fusilados».