Santiago Abascal - En defensa de España
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- Libro:En defensa de España
- Autor:
- Editor:ePubLibre
- Genre:
- Año:2008
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En defensa de España: resumen, descripción y anotación
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«Art. 30. 1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España».
107. Patriotismo racional y patriotismo sentimental
El Art. 30 habla en efecto del derecho y el deber que tienen todos los españoles de defender a España, la patria común. Una defensa, que no hay por qué sobreentender como una defensa con las armas (o sólo con ellas, como se sobreentendió por parte de los responsables del Ministerio de Defensa cuando se pusieron pegas al nombre de nuestra fundación —con mala fe, por cierto— ante la posible interferencia de sus competencias por nuestra parte).
Hay muchos modos de defender España, tantos como modos hay de atacarla por parte de los grupos que la amenazan, siendo así que éstos no se agotan en los grupos armados. Es más, creemos que la verdadera amenaza para España, aquella que le conduce al peligro de su disolución, no procede de los grupos armados (al menos éstos son perseguidos penalmente, y sus delitos castigados), sino de grupos que, sin delinquir, se van infiltrando en las instituciones y, con intención manifiestamente secesionista, promueven actividades que conducen a tal fin.
Es la Idea de la disolución de España, atravesando todos los ámbitos del cuerpo político español (políticos, sociales, económicos…), con sus cultivadores y responsables, lo que conduce a nuestra Patria al peligro de su fragmentación.
Es ahí, al ámbito de las Ideas, propio de la filosofía, al que ha querido y quiere dirigirse DENAES con estas Razones.
Y es que si con Ideas inadecuadas se amenaza y ataca España, con Ideas adecuadas habrá que defenderla. En este sentido jamás conviene olvidar el famoso adagio del filósofo, español de origen, Espinosa: «Las ideas inadecuadas se siguen con la misma necesidad que las adecuadas». Hasta con los delirios de Arana, Prat de la Riba o Blas Infante se cumple esta regla lógica (gnoseológica).
Y es precisamente eso, la inadecuación de sus Ideas y la adecuación de las nuestras, lo que nos distingue de nuestros oponentes, de lo que quiere ser prueba de ello, evitando así la presunción, precisamente estas Razones.
Hemos situado las trampas, las falacias (peticiones de principio, entimemas, argumentos ad populum, ad baculum…), las medias verdades históricas (anacronismos…) con las que se mueven aquellos que buscan la disolución de España. Hemos mostrado, pues, la debilidad de las razones que se movilizan contra España, en el único terreno en el que esto puede tener lugar, el terreno común de las Ideas. Un terreno cuyo modo racional de penetración en él es también común y al alcance de cualquiera (aquí no hay privilegios, «no hay caminos reales para la filosofía»), siendo así que es la racionalidad lo que nos conduce a nuestro amor por España, y no al revés: un amor a la patria sin justificar racionalmente es ciego («el que adora a Dios sin saber definirlo, adora una piedra»), y conduce al fundamentalismo («todo por la patria»).
Nuestra patria, la común a todos los españoles, se merece una buena defensa, y no hay nada peor para el reo que un mal abogado. No hay peor filosofía que la fe de carbonero. Procurar una defensa puramente sentimental de España, si es que esto es posible, sólo conlleva al enfrentamiento sentimental (y que sólo se resuelve con la fuerza de los sentimientos opuestos).
Nosotros hemos tratado de articular una defensa razonada de la Nación española, apelando a la racionalidad común, y no a la idiosincrasia sentimental, porque, insistimos, no se trata, con el ejercicio de patriotismo que reclamamos desde DENAES, de defender intereses propios, más que aquellos que son comunes. No es la buena voluntad lo que nos mueve, ésta la presuponemos en todo el mundo, sino la razón. Y es que, recordando unas palabras del que quizás sea el reo más famoso de la historia de la Filosofía:
«Querido Critón, tu buena voluntad sería muy de estimar, si le acompañara algo de rectitud; si no, cuanto más intensa, tanto más penosa». (Sócrates).
Un reo, en efecto, que prefirió morir injustamente, desaprovechando la oportunidad de huida que le brindaba su amigo Critón, antes de, con su huida, cometer él injusticia contra su patria.
1. Las naciones actualmente existentes
La «Humanidad» (más de 6500 millones de hombres en 2007) está actualmente distribuida en distintas unidades políticas llamadas Naciones (la Organización de las Naciones Unidas, la ONU, está constituida por 192 Estados miembros, tras la admisión de Montenegro el 28 de junio de 2006). La nación es una totalidad política en la que rige una ley común para cada una de sus partes, siendo así que a la constitución de esta ley y al ejercicio de su cumplimiento se le llama soberanía. El planeta está en el presente globalizado políticamente, de manera que no hay territorio que no esté bajo alguna soberanía nacional (no existe ya terra incognita política, es decir, no hay ninguna parte del globo que no tenga dueño, políticamente hablando). Por ello no existe nadie que no permanezca bajo la soberanía de alguna nación (el apátrida), pero tampoco existe una ley para todos, para la Humanidad (no existe la ley en sentido cosmopolita).
En definitiva, no existe la Humanidad como unidad política, sino que todos los hombres están divididos y agrupados en distintas soberanías nacionales, en principio mutuamente irreductibles, que mantienen entre sí relaciones de armonía (confederaciones, tratados…) pero también de conflicto (guerras de invasión, injerencias, no reconocimientos…), a través de vínculos (lo que se llama «concierto internacional») desiguales, donde unas naciones muestran mayor potencia en la determinación y sentido de tales vínculos que otras. Aunque igual de soberanos son los Estados Unidos de Norteamérica o la República Popular China que Fiji o Brunei Darussalam, sin embargo la potencia de la soberanía norteamericana o china tienen mucho mayor alcance que la de Fiji o Brunei Darussalam en relación a su influencia sobre otras naciones.
Por otra parte, existen naciones que, al margen de la influencia que puedan ejercer sobre las relaciones entre otras naciones, están bien consolidadas desde el punto de vista interno, mientras que otras están, sin embargo, en vísperas de su disolución, bien por transformación en otras naciones (secesión), bien por penetración de otras naciones (invasión), bien por degeneración como sociedad política en general (corrupción).
«Considerados como habitantes de un planeta tan grande que tiene que abarcar pueblos diferentes, los hombres tienen leyes que rigen las relaciones de estos pueblos entre sí: es el derecho de gentes. Si se les considera como seres que viven en una sociedad que debe mantenerse, tienen leyes que regulan las relaciones entre los gobernantes y los gobernados: es el derecho político. Igualmente tienen leyes que regulan las relaciones existentes entre los ciudadanos: es el derecho civil.
El derecho de gentes se funda en el principio de que las distintas naciones deben hacerse, en tiempo de paz, el mayor bien, y en tiempo de guerra el menor mal, sin perjuicio de sus verdaderos intereses.
El objeto de la guerra es la victoria; el de la victoria, la conquista; el de la conquista, la conservación. De este principio y del que precede deben derivar todas las leyes que constituyan el derecho de gentes» (Montesquieu, Del Espíritu de las Leyes, Editorial Tecnos, pp. 9-10).
Así, un repaso a las relaciones internacionales del siglo XIX, nos pone ante la realidad de sociedades políticas que acabaron desapareciendo totalmente o transformándose en estados distintos (el Imperio austrohúngaro, el Imperio turco…), y la aparición de nuevos Estados antes inexistentes (Suiza, Bélgica…).
2. La idea contemporánea de Nación (la Nación política)
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