NO CODICIARÁS LA MUJER AJENA
EL ADULTERIO EN LAS COMUNIDADES DOMÉSTICAS NOVOHISPANAS. CIUDAD DE MÉXICO, SIGLO XVIII
Teresa Lozano Armendares
Serie Historia Novohispana / 76
Primera edición electrónica en epub: 2017, de acuerdo con la primera edición en papel de 2005
DR © 2016. Universidad Nacional Autónoma de México
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS
Circuito Mtro. Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria
Coyoacán, 04510, Ciudad de México
ISBN XXX
Lozano Armendares, Teresa, autor.
No codiciarás la mujer ajena : el adulterio en las comunidades domésticas novohispanas. Ciudad de méxico, Siglo xviii / Teresa Lozano Armendares.
(Serie Historia Novohispana ; 76)
1 recurso electrónico
Libro epub
ISBN
1. Adulterio -- México -- Historia -- Siglo XVIII. I. Título. II Serie.
Cómo citar:
Lozano Armendares, Teresa, No codiciarás la mujer ajena. El adulterio en las comunidades domésticas novohispanas. Ciudad de méxico, siglo XVIII (primera edición en formato epub), México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas, 2017 (Serie Historia Novohispana, 76).
NO CODICIARÁS LA MUJER AJENA
EL ADULTERIO EN LAS COMUNIDADES DOMÉSTICAS NOVOHISPANAS. CIUDAD DE MÉXICO, SIGLO XVIII
Libro electrónico editado por el Instituto de Investigaciones Históricas, UNAM, se terminó de producir el 28 de octubre de 2016. La edición electrónica en formato epub 2.0 (2.5 MB) estuvo a cargo del Departamento Editorial del Instituto de Investigaciones Históricas, Circuito Mtro. Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, 04510. Coyoacán, Ciudad de México.
Participaron en la edición: Rosalba Cruz (edición de proyecto), Natzi Vilchis (edición técnica), Emmanuel Olvera y Andrés Pliego (digitalización), Emmanuel Olvera (productor de archivos), Mónica Torres (lectura de pruebas y prueba de funcionalidad), Carmen Fragano (administración de contenidos)
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Hecho en México
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
MÉXICO 2016
NOTAS
, Adulterio, traducción Oscar Luis Molina, Buenos Aires, Ediciones Granica, 2000, p. 44.
. A lo largo del trabajo se dará cuenta del desarrollo de este juicio por adulterio. El Apéndice I contiene los datos de cada uno de los casos analizados; véase doc. 116.
. James A. Brundage, La ley, el sexo y la sociedad cristiana en la Europa medieval, México, Fondo de Cultura Económica, 2000, p. 31-32.
. Ibidem, p. 32.
. Ibidem, p. 33.
. Ibidem, p. 42.
. Alfredo López Austin, Cuerpo humano e ideología. Las concepciones de los antiguos nahuas, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Antropológicas, 1980, t. I, p. 328-330.
. Fray Bernardino de Sahagún, Historia general de las cosas de la Nueva España, edición, numeración, anotaciones y apéndices de Ángel María Garibay K., 4a ed., México, Editorial Porrúa, 1981, t. II, p. 139-150.
. Pablo Escalante Gonzalbo, “La ciudad, la gente y las costumbres”, en Historia de la vida cotidiana en México. V. I: Mesoamérica y los ámbitos indígenas de la Nueva España, México, El Colegio de México/Fondo de Cultura Económica, 2004, p. 274.
. Ibidem, t. III, p. 41-49.
. Fray Juan de Torquemada, Monarquía indiana, t. II, libro 12, cap. XI: De las leyes tocantes a la sensualidad y gente fornicaria, y se declara con qué castigos y penas eran castigados y corregidos, México, Editorial Salvador Chávez Hayhoe, 1943, p. 391-394.
. Pablo Escalante Gonzalbo, op. cit., p. 210.
. Pilar Gonzalbo, coord., Familias novohispanas. Siglos XVI al XIX, México, El Colegio de México, Centro de Estudios Históricos, Seminario de Historia de la Familia, 1991; Pilar Gonzalbo y Cecilia Rabell, coord., Familia y vida privada en la historia de Iberoamérica, México, El Colegio de México/UNAM, 1996; Pilar Gonzalbo Aizpuru, Familia y orden colonial, México, El Colegio de México, 1998.
. Marcela Suárez Escobar, Sexualidad y norma sobre lo prohibido. La ciudad de México y las postrimerías del virreinato, México, Universidad Autónoma Metropolitana, 1999.
. Información residual o intersticial es aquella que no siempre tiene vinculación directa con el objetivo utilitario del documento, pero que el informante ha consignado como parte del mismo: Marcelo Carmagnani, El regreso de los dioses. El proceso de reconstitución de la identidad étnica en Oaxaca. Siglos XVII y XVIII, México, Fondo de Cultura Económica, 1988.
. Cuando me encontraba consultando estos documentos, el fondo fue intempestivamente trasladado al Archivo General de la Nación. Hasta el momento no ha sido posible consultarlo, pues se encuentra en catalogación.
. Las siguientes páginas se basan, fundamentalmente, en el trabajo de Ramón Trevijano, “Matrimonio y Divorcio en la Sagrada Escritura”, en El vínculo matrimonial ¿Divorcio o indisolubilidad?, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1978, p. 3-59.
. Nombre dado entre los semitas a Hadad, señor de la atmósfera y dispensador de la lluvia.
. Dt. 22, 24 y Ez. 16, 40.
. Dt. 21, 10-14.
. Lev. 18, 20. Las relaciones sexuales extramaritales de una mujer casada eran consideradas grave ofensa contra toda la comunidad y no sólo contra su marido, y la comunidad —no el marido— tenía el derecho de acusar a los culpables. El adulterio merecía la pena de muerte por lapidación, tanto para la adúltera como para su cómplice. En cambio, los amores entre un hombre casado y una soltera no estaban expuestos a castigos penales, aunque sí podían constituir un delito civil contra la mujer y su familia, dando por resultado una evaluación de los daños, en contra del hombre: James A. Brundage, La ley, el sexo y la sociedad cristiana en la Europa medieval, México, Fondo de Cultura Económica, 2000, p. 74.
. Dt. 24, 1-4.
. Cf. Gén. 38, 24.
. En primer lugar, se precisaban testigos directos; además, el marido vacilaría en acusar a su mujer, y el adúltero descubierto ofrecería una fuerte compensación con tal de salvar la propia vida que estaba en juego. Una acusación de adulterio debía hacerse en público y debía ser juzgada por el tribunal central: Ramón Trevijano, op. cit., p. 19.
. Cada uno de los nueve magistrados supremos de la república ateniense.
. En la antigua Grecia, dama cortesana de elevada condición. Mujer pública.
. Ramón Trevijano, op. cit., p. 27.
. Los cuatro primeros libros del Nuevo Testamento describen la vida de Jesús y exponen su doctrina; fueron escritos por Mateo, Marcos, Lucas y Juan. Los tres primeros, compuestos entre los años 50 y 61 son sinópticos, es decir, tienen un mismo esquema, y son biográficos. El cuarto es posterior (hacia el año 90) y no hace una biografía de Jesús. La Iglesia católica y los protestantes los consideran canónicos.
. Cristo consideró sin duda el adulterio como grave problema moral, pero sus enseñanzas difirieron del tradicional derecho judío, el cual prescribía la pena de muerte por ese delito. Cristo habló del adulterio como de una falla moral y no de un crimen público y, por consiguiente, intentó tratar a los culpables con remedios espirituales en lugar de castigarlos por medio de una ejecución pública: Brundage,
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