Bossuet - La usura en su verdadero punto de vista
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©1834, Bossuet
ISBN: 5705547533428
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L LEGARÁ tiempo en que los hombres no quieran sufrir más la sana doctrina, y amontonarán maestros sobre maestros, para que con discursos halagüeños les ofusquen las verdades y los entretengan con bagatelas...
S. Pablo a Tim. IV. 3 y 4.
Erit tempus cum sanam doctrinam non suxtinebunt, sed ad sua desideria coacervabunt sibi magistros prurientes auribus et a veritate quidem auditum avertent, ad fabulas autem convertentur.
D ESDE antes que se borraran de los códigos mejicanos las muchas y repetidas leyes que perseguían a la usura hasta en sus más secretos manejos, ya se habían borrado de nuestra memoria, y no había otra cosa por las calles y las plazas sino usura sin disfraz, anunciando sus victorias y multiplicando sus víctimas. Pero después que se le absolvió de las penas civiles, y se le dieron garantías y personalidad en los tribunales, ha intentado llevar su triunfo hasta la Iglesia, y borrar su proscripción en los códigos sagrados con la misma tinta con que se tachó en los códigos civiles.
Nadie ha contenido esta intentona: algunos solo han visto en la ley derogatoria aquella indemnización discreta, o aquel muro de división que con una ley semejante quiso poner Moisés entre el extranjero y el nacional. Otros ven en los legisladores que despedazan estas leyes una viva imagen del Legislador de los hebreos, que arrebatado de la fogosidad de su celo, despedazaba las tablas de la ley por no darla a un pueblo indigno de ella, que no quería otro dios que el que había formado con el oro en que idolatraba. Pero no pocos han recibido la ley derogatoria como un nuevo desengaño y como un glorioso triunfo contra las preocupaciones de la rutina.
Sea lo que fuere, lo cierto es que la ley de Dios vive y respira en la cabeza y cuerpo de la Iglesia; su voz se oye que reprende claramente a cada uno en particular lo que la ley civil pudo permitir a la multitud: no necesita intérprete, y basta aplicar el oído para escucharla.
Sería una temeridad esperar ni una atención curiosa de los usureros de profesión, que hambrientos siempre del oro y de la plata, jamás examinan la justicia, sino la ganancia de sus contratos. Tampoco me prometo sino baldones y desprecios de los que, no pudiendo negar el hecho de que la doctrina de la Iglesia reprueba con severidad las usuras, le niegan la autoridad como un entrometimiento en materias que no son de su resorte, y apelan de su sentencia infalible a la decisión de los teo-políticos reformados. Esta clase de cristianos, que solo quieren creer a Dios cuando ellos son sus intérpretes, tampoco quieren que Dios les arregle sus contratos ni les tome cuentas de sus ganancias, porque no les ha dado una constitución teocrática: no les acomoda que intervenga en sus comercios y manejos, y que solo se meta allá en las cosas de su Iglesia. Últimamente, menos puede alegarse la palabra del Espíritu Santo interpretada por la Iglesia a aquellos apóstoles de la usura, que semejantes a los Efesinos, no saben ni si hay tal Espíritu Santo.
Queda pues reducido el objeto de este pequeño escrito a recordar, o a desengañar a loa cristianos apostólico-romanos que, olvidados, o poco instruidos en la ley de la religión, se han alucinado con las sutilezas y discursos halagüeños de los diestros apologistas del interés, y han tragado el anzuelo con el cebo de la usura.
No soy yo el que les voy a hablar: es el siempre Grande Obispo Bossuet, que escribió contra Grocio el Tratado que presento. Yo no haré más que traducirle libremente a nuestro idioma, extender algunos de sus pensamientos, y acomodarlos con nuevas observaciones contra las nuevas apologías de la usura que tienen más crédito en nuestro suelo. Solo el nombre de Bossuet llama la atención: su autoridad es el primer argumento, y su testimonio es irrecusable.
E NTRE todo cuanto se ha escrito para justificar la ganancia de la usura, nada me parece más juicioso ni que tenga tantas apariencias de verdad, que lo quo escribió Grocio cuando interpretaba el verso 35 del cap. VI de S. Lucas. Aquella fecunda erudición, y los bellos colores de su pluma, llegaron A disfrazar a la usura con todo el ademan religioso y con toda la importancia política. Así logró darle el crédito a que habían aspirado los elocuentes discursos de Bucero y de Calvino, hasta garantizarla como una virtud cristiana y colocarla en el número de las verdades más importantes que se descubrieron con la luz de la reforma y con los choques del cisma. Pero como los moderados halados con que la pinta, al paso que no podían contentar la avaricia de sus nuevos adoradores, encendían más y más sus insaciables deseos, los violentaron a correr el velo y quitarle la máscara de la piedad para prostituirla con libertad y desenfreno. Toda la moderación y reglas a que la había sujetado Grocio, se redujeron a la de no tener ninguna; y todo el atavío y riquezas de la Escritura Santa con que la había vestido y engalanado, se convirtieron en andrajos de textos sueltos, sin unión y sin figura. Unos la detestan hipócrita, y solo se complacen en ella profanándola y prostituyéndola sin medida. Otros la quieren religiosa, pero sin austeridad, sin regla, sin constitución. Aquellos no se proponen otro fin que el de procurarse dinero sin religión y sin leyes: estos concilian a la usura con la religión, y tanto más la justifican, cuanto menos se arregle con la religión y con las leyes. Pero ni la ingenuidad de los primeros, ni las paradojas de los segundos han podido dar a la usura un grado más de apariencia; antes por el contrario, la han afeado enteramente, privándola de los colores especiosos de justicia y de piedad con que Grocio la pintaba. ¡Con cuánta razón se puede asegurar en nuestro siglo lo mismo que dijo Bossuet en el suyo: que entre todos los que han emprendido la defensa de la usura nadie lo ha hecho con más juicio que Grocio! Este es sin duda el que más puede alucinar a los cristianos; pero van a ver destruidos sus fundamentos en las proposiciones siguientes.
M OISÉS prohibió la usura entre los hermanos; esto es, de israelita a israelita: y esta usura no era otra cosa sino toda ganancia que se estimulaba o se exigía a más del principal que se prestaba.
ESTA proposición tiene dos partes: la primera manifiesta la prohibición de la usura, y la segunda fija la idea y la esencia de la usura; una y otra se prueban con unos mismos pasajes.
Primeramente: Moisés iluminado de Dios dictó esta ley a su nación: Si prestares dinero a los pobres de mi pueblo, no los apremiarás con cobranzas, ni los oprimirás con usuras.
Por segunda vez mandó: Si tu hermano llegare a empobrecer, y no pudiere trabajar para mantenerse, no le prestes con usura, no recibas de él más de lo que le prestes. Teme a tu Dios para qué tu hermano pueda vivir contigo. No le des tu dinero a usuras, ni le exijas más granos que los que le has prestado.
Y por tercera vez le dio esta ley: No prestaras con usuras a tus hermanos ni dinero, ni granos, ni cualquier otra cosa, sino a los extranjeros: a tus hermanos prestarás lo que necesiten sin recibirles ninguna usura, para que el Señor tu Dios te bendiga en todo lo que hicieres.
He aquí las tres leyes que dio el Señor a su pueblo: reflexiónese sobre ellas, y se verá que mutuamente se explican: la primera prohíbe toda opresión por la usura: la segunda determina con particularidad lo que llama opresión; y como en una y otra parece que solo se prohibía con respecto a los pobres, ya la tercera extiende la prohibición para con todos los israelitas en general, a quienes llama hermanos, e interpreta que la palabra
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