Venezuela: 1728-1830
Guipuzcoana e Independencia.
Breve historia política
RAFAEL ARRÁIZ LUCCA
@rafaelarraiz
Agradecimientos
Este segundo tomo de la breve historia política que escribimos, Venezuela: 1728-1830. Guipuzcoana e Independencia, lo pude concluir gracias al auspicio de la Universidad del Rosario, en Bogotá, donde han acogido este proyecto de investigación con entusiasmo. Su rector, Hans Peter Knudsen; el decano de las Facultades de Ciencia Política y Gobierno y Relaciones Internacionales, Eduardo Barajas, así como los profesores integrantes del Observatorio Venezolano, Francesca Ramos Pismataro y Ronal Rodríguez, reciban nuestra gratitud.
Igualmente agradecido con el expresidente Andrés Pastrana Arango, consiliario de la Universidad del Rosario, así como con el expresidente Belisario Betancur Cuartas y el doctor Carlos Lleras de la Fuente, amigos y entusiastas de estas indagaciones académicas.
En los meses de trabajo conté con el apoyo de mis colegas profesores, en las tertulias animadas por Alfonso Ricaurte. Entre ellos, Camilo Gutiérrez Jaramillo, Álvaro Pablo Ortiz, Enrique Serrano y Mauricio Acero, todos atentos a la historia de Venezuela con un interés conmovedor, como si fuera propia. Igualmente agradecido con la estudiante asistente de investigación Valentina Pérez Millán, quien se adentró en las bibliotecas y archivos bogotanos con la mayor diligencia.
Introducción
Este volumen de la breve historia política de Venezuela que entregamos comienza en 1728 y concluye en 1830. A lo largo de este siglo que nos proponemos historiar, Venezuela pasó de ser un conjunto de provincias sin unidad jurídico-administrativa a una Capitanía General (1777); luego a conformar una República (1811-1819); después, a ser un departamento de la República de Colombia (1819-1830) y, finalmente, a constituirse de nuevo como República (1830). Fueron años cruciales para nuestro devenir histórico, de allí que sea necesario visitarlos una y otra vez, desde las distintas perspectivas que otorga el paso del tiempo y los diversos puntos de vista.
Debo una explicación sobre la fijación del período de tal manera: 1728-1830. Lo usual ha sido estudiar la etapa colonial en dos fases que se solapan: una primera de conquista del territorio y una segunda de colonización. Ocurre que el proyecto de trabajar nuestra historia política desde la llegada de los españoles hasta nuestros días lo hemos emprendido desde el presente y no al contrario, como suele hacerse. Esto nos ha permitido establecer el trabajo en tres volúmenes, y estos están siendo abordados como quien sigue el hilo de Ariadna hasta llegar al centro donde brama el Minotauro o, también, como quien desenreda una madeja de hilos de distinto tamaño y grosor.
Hemos escogido la fecha de 1728 porque fue el año en que el rey de España (Felipe V) firmó la Cédula Real que creó la Compañía Guipuzcoana: obra que vino a modificar las relaciones económicas y políticas de las provincias y marcó un hito fundamental. Además, es un hecho incontestable que la fijación de Caracas como sede de la Compañía vino a acentuar la capitalidad de la ciudad, énfasis que comenzó a manifestarse desde que la autoridad eclesiástica se mudó de Coro a Caracas, en 1636.
Apenas tres años antes de 1728 tuvo lugar otro hecho de extraordinaria importancia para la futura República de Venezuela. Nos referimos a la conversión del Colegio Seminario de Santa Rosa de la ciudad de Santiago de León de Caracas, en Universidad Real y Pontificia, el 11 de agosto de 1725, después de que el rey firmara la Real Cédula de Erección de la Universidad de Caracas el 22 de diciembre de 1721.
No es aventurado señalar que, a largo plazo, la importancia de la Compañía Guipuzcoana fue mayor por lo que produjo en la sociedad provincial que por su propio trabajo. Para la Corona española fue distinta su importancia, ya que le prestó servicios sustanciales en varias áreas: la lucha contra el contrabando, el estímulo a la producción agrícola, el envío de cacao a España y, en suma, la complementación en las funciones de gobierno que la sola Corona no podía enfrentar, dadas sus circunstancias de entonces.
Es evidente que las reacciones de los criollos y los pardos en contra de la Compañía, desde el momento mismo de su instalación, fueron contribuyendo notablemente con el sentido de pertenencia a una comunidad histórica con rasgos propios, hecho que va a ser determinante para el sustrato y fermento de la futura República. Igualmente, será determinante para ella la creación de la Universidad de Caracas, ya que de allí egresarán los doctores que serán fundamento de la creación constitucional de la República. Por supuesto, estamos pensando en los primeros civiles, en su mayoría vinculados al cabildo caraqueño, y no en los hombres de armas que después fueron al campo de batalla, hecho bélico posterior al civil.
Los doscientos treinta años que van de 1498 –cuando Cristóbal Colón pisó Tierra de Gracia– a 1728, comprenden el corto período de los Welser, cuando la búsqueda frenética de El Dorado alcanzó su paroxismo, así como el período de sometimiento y evangelización de la población indígena y el de importación de africanos como mano esclava. Además, y de manera señalada, en estos dos siglos (XVI y XVII) tendrá lugar la fundación de ciudades en América; sin duda, la aventura urbana más dilatada y considerable de la historia de la humanidad. Para la fecha en que comienza este volumen que ahora presentamos, la mayoría de las ciudades ha sido fundada, así como para entonces la estructura jurídico-política colonial habrá avanzado mucho en su configuración, y será hacia finales del siglo XVIII cuando termine de conformarse. Esto ocurrirá con la creación de la Intendencia del Ejército y la Real Hacienda, en 1776; la Capitanía General, en 1777; la Real Audiencia, en 1786 y el Real Consulado de Caracas, en 1793.
Hasta finales de la centuria citada, como vemos, las instituciones jurídico-políticas que regían en las provincias que a partir de 1777 se articularían bajo la denominación de Venezuela, fueron los gobernadores de las provincias, los cabildos y el intendente, figura esta última producto de las Reformas Borbónicas y que vino, evidentemente, a limitar el poder de los gobernadores y los cabildos, en su ánimo de centralización del poder en manos de los peninsulares y en desmedro de los criollos. Recordemos que en lo judicial acudíamos a la Real Audiencia de Santo Domingo hasta que se creó la Audiencia caraqueña; en lo administrativo, acudíamos para diversos asuntos al Virreinato de Nueva Granada, en Santa Fe de Bogotá. De modo que una suerte de adultez administrativa le fue conferida a las provincias cuando se alcanzaban tres siglos de dominación española y se crea la Capitanía General de Venezuela.
Fueron los cabildos las instituciones más sólidas del período colonial venezolano hasta la llegada de la Compañía Guipuzcoana y esto, en verdad, distinguió particularmente nuestro proceso de las otras provincias de España en América. Al no contar con la presencia cercana de un virrey, al ni siquiera contar con la presencia de un capitán general sino a partir de 1777, el poder real en las provincias se fue conformando en torno al cabildo, al punto que a los gobernadores que enviaba el rey desde España no les quedaba otra alternativa que entenderse con ellos o enfrentarlos. De esta última práctica, por cierto, salieron la mayoría de las veces escaldados, ya que el rey optó por inclinarse a favor de los cabildos y no de sus enviados, curiosamente.
Cualquiera puede preguntarse cómo fue que los cabildos adquirieron tanto poder económico y capacidad para desafiar a los enviados del rey, y son tres los factores que habría que señalar. Primero, la poca importancia económica y política que tuvo Venezuela durante dos siglos y medio se debió, entre otras razones, a la inexistencia de minas en nuestro territorio, como sí había en Perú y Nueva España (México), además de que el proceso de conquista no supuso en nuestros territorios el sometimiento de grandes conglomerados urbanos con culturas adelantadas sino, todo lo contrario, etnias en su mayoría nómadas.